Dosis Unitaria



FARMACIA HOSPITALARIA (ÁREA DE DOSIS UNITARIA)
Definición:

Dosis unitaria Cantidad física de un medicamento indicado por el profesional prescriptor como una dosis de tratamiento para un paciente, cuyo envase permite la administración segura y directa al paciente a una determinada hora.


Medicamento envasado en dosis unitaria:
Un medicamento se considera que está envasado en Dosis Unitaria si contiene la cantidad para una sola dosis y está identificado en cuanto a composición, dosis, lote y fecha de vencimiento, estando disponible para su administración directa sin necesidad de cálculos y/o manipulación previa.

Medicamento reenvasado en dosis unitaria:
Cuando el acondicionamiento se realiza en el Departamento o Servicio de Farmacia por el profesional Químico Farmacéutico o bajo su supervisión; el cual puede ser manual, semiautomático o automático.


NIVEL NACIONAL(Perú)

Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID) Es responsable de normar, conducir, promover, monitorear, vigilar y evaluar los Sistemas de Dispensación de Medicamentos en dosis unitaria en los establecimientos de salud del sector salud a nivel nacional; así como velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente norma técnica.

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El PERSONAL 
El personal mínimo necesario para el funcionamiento adecuado del SDMDU se establece en función al número de camas del establecimiento de salud con cobertura del sistema:

En hospitales con cobertura de hasta 150 camas en dosis unitaria: 

  • 02 químicos farmacéuticos por turno principal a dedicación exclusiva para SDMDU. 
  • 01 químico farmacéutico por turno adicional. 
  • 02 técnicos de farmacia por turno principal a dedicación exclusiva. 
  • 01 técnico de farmacia por turno adicional.

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En hospitales con cobertura de hasta 300 camas en dosis unitaria:

  • 03 químicos farmacéuticos por turno principal a dedicación exclusiva para SDMDU.
  • 01 químico farmacéutico por turno adicional. 
  • 03 técnicos de farmacia por turno principal a dedicación exclusiva. 
  • 01 técnico de farmacia por turno adicional.

Por cada 200 camas adicionales en dosis unitaria

  • 01 químico farmacéutico 
  •  02 técnicos de farmacia adicional por turno principal a dedicación exclusiva para SDMDU. 
A partir de 500 camas con dosis unitaria se deberá contar :
  • 02 químicos farmacéuticos 
  • 02 técnicos de farmacia por turno adicional.








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